En la Hélade, la tierra de los helenos, dentro
de los pensadores presocráticos no existe una sistematización acerca del
Derecho y del Estado. En Heráclito, el dominio del cambio del mundo está
relacionado con la reacción entre opuestos: “La guerra es el padre y el rey de
todas las cosas; a unos los muestra como dioses y a otros como hombres, a unos
los hace esclavos y a otros libres”. El cambio está en la esencia de todo: “Lo
mismo es vida y muerte, velar y dormir, juventud y vejez; aquellas cosas se
cambian en éstas y éstas en aquéllas”. La
unidad: “Tras haber oído al Logos y no a mí es sabio convenir en que todas las
cosas son una”. Anticipándose a Kant: “Lo contrario se pone de acuerdo; y de lo
diverso la más hermosa armonía, pues todas las cosas se origina en la
discordia”. Distinción entre materialismo y fundamentalismo: “En vano se
purifican si se ensucian con sangre, como si uno que hubiera andado entre el
barro quisiera lavar sus pies con barro. Cualquiera que lo viera haciendo esto,
lo consideraría necio. Y ellos oran a imágenes de dioses, como si alguien
pudiera conversar con cosas fabricadas, pues no conocen a los dioses y héroes
tal como son”. “Este mundo, que es el mismo para todos, no lo hizo ningún dios
o ningún hombre; sino que fue siempre, es ahora y será fuego siempre viviente,
que se prende y apaga medidamente”. “Para Dios todas las cosas son hermosas,
buenas y justas, pero los hombres han supuesto que unas son justas e injustas
otras”.[1]
Platón en el Cratilo, anota:
“Heráclito dice que en alguna parte que todas las cosas se mueven y nada está
quieto y comparando las cosas existentes con la corriente de un río dice que no
te podrías sumergir dos veces en el mismo río”.
Los antiguos griegos denominaban politeia a la Constitución que
organizaba la administración de la ciudad, a la vez que los derechos de los
ciudadanos a decidir en las cuestiones de la polis. Para Aristóteles,
Constitución política o gobierno es la organización o el orden establecido
entre los habitantes de la ciudad (Política,
Libro III, Teoría General de las Constituciones a partir de los conceptos de
ciudad y ciudadano). La Constitución en el pensamiento aristotélico tiene por
objeto garantizar las magistraturas, la división de los poderes, los atributos
de soberanía y la determinación de un fin específico de cada asociación
política. Constitución equivale a régimen, a estructura: es el modo de ser de
la ciudad, su compostura o naturaleza
total.
La Constitución del legislador y reformador Solón (594 a.n.e.) uno de
los siete sabios de Grecia, perfeccionada por Clístenes (508 a.n.e.), llega a
la realización democrática de la época con el estadista Pericles (462 a.n.e.),
en el período de mayor esplendor de la cultura griega. La palabra democracia y
la organización política que la representaba, son invenciones del siglo de
Pericles. Fulguración impulsada por este estadista que no volverá a acompañar con
igual ímpetu al pueblo ateniense. Tucídides atribuye a Pericles los siguientes
pensamientos acerca del estado democrático que cualquier teórico liberal lo
suscribiría: “El estado democrático debe esforzarse por servir al mayor número
de ciudadanos; debe procurar la igualdad de todos ante la ley; debe conseguir
que la libertad de los ciudadanos dimane de la libertad pública; debe acudir en
socorro del débil, y dar el primer puesto al mérito. El armonioso equilibrio
entre el interés del Estado y el de los individuos que lo componen, garantiza
el desenvolvimiento político, económico e intelectual de la ciudad, protegiendo
al Estado contra el egoísmo individual, y al individuo, gracias a la
Constitución, contra la arbitrariedad del Estado”. Con entusiasmo, Hegel se
refiere a dicho período: “Finalmente llegó Pericles, que dio un impulso
democrático aún mayor. Por de pronto limito la influencia del areópago y
entregó muchas atribuciones de ese alto cuerpo a la decisión del pueblo y los
organismos de la Justicia. Pericles fue un gobernante de carácter plástico y
antiguo. Cuando se dedicó a la a la función estatal, renunció totalmente a la
existencia como ciudadano particular. Se alejó de todas la fiestas y dedicó su
vida al objeto de ser útil al estado, con lo que alcanzó un perfil tan
extraordinario que Aristófanes lo menciona como el Zeus de Atenas.”[2]
El filósofo Hegel se refiere a que en la Atenas de Pericles reinaba una viva y alegre
libertad, unida a una amplia igualdad de costumbres; y aun cuando era
inevitable que se diesen las diferencias en las distintas categorías económicas,
no llegaron a extremos.
Mas aquella democracia no era más que el gobierno de una minoría sustentada
en la esclavitud de una mayoría de la población. Las mujeres estaban impedidas
de la injerencia en la vida política. Son reveladores estos versos de Las
Suplicantes de Eurípides: “Existen en el Estado tres clases: primero los
ricos, ciudadanos inútiles y ocupados sin cesar en acrecentar su riqueza.
Después los pobres privados hasta de lo más necesario, y la clase media que es
la que salva las ciudades: ella es la que mantiene las instituciones que el
estado se procura”. El primer antecedente de Constitución escrita nos brindan
así las ciudades-estado griegas, dentro de las cuales encontramos el modelo más
acabado de democracia minoritaria, formada únicamente de hombres
libres.
Sin embargo, especialmente en Atenas, a medida que crece la cultura, va
ensanchándose de un modo efectivo la esfera de la libertad individual. Por ello
el jurista alemán Jellinek se pregunta ¿cómo podían haber nacido de otra suerte
las insuperables creaciones espirituales de aquella época? Pregunto ahora ¿Cómo
explicarse las creaciones literarias de Aristófanes, Esquilo y Sófocles, las
obras del Partenón, Apolo, Afrodita y Atenea Pártenos? Había una brisa de
libertad de creación que llegaba al antiguo pueblo ateniense, que disertó sobre
las cualidades de la democracia, y a través de ellos, la conoció y desarrolló
la humanidad.
Nosotros, herederos de esta concepción del gobierno del pueblo, y
no de un grupo privilegiado, vamos a través del tiempo creando nuevos
derechos y garantizándolos en su aplicación, bajo la concepción de que todas
las personas son iguales ante la ley y gozan de los mismos derechos, deberes y
oportunidades. Aquello es la base de la convivencia humana en dignidad. Lo que
algunos llaman la vida buena y otros, el buen vivir.
Aristóteles no realizó una formulación
sistematizada acerca de la Constitución, sin embargo tuvo una visión de ella en
los siguientes tres aspectos: a) se puede estudiar a la Constitución como una
realidad del acontecer de la vida en comunidad, en la sociedad y el Estado, la
existencia de una comunidad organizada políticamente: b) la Constitución es una
organización, en ese sentido se refiere a la forma de organizar las maneras
políticas de la realidad; c) se puede estudiar la Constitución analizando cuál
es la mejor Constitución para un Estado, las mejores formas en razón de las cuales
se organiza mejor un Estado para la realización de sus fines, concretando los
de la comunidad. Aristóteles al hacer el análisis de las tipologías políticas,
llega a la conclusión de que ni la monarquía, ni las oligarquías, ni las
democracias son idóneas, sino que las mejores constituciones son aquellas que
son mixtas, es decir aquellas que tienen combinados elementos aristocráticos,
monárquicos y democráticos.[3]
Fiel a su concepción, Aristóteles apunta al justo medio por estar al alcance
del régimen político más adecuado, esto es la sociedad óptima es la sociedad
con una clase media mayoritaria. En “Tópicos libro I capítulo I, y en
“Analítica Primera”, Libro I, capítulos 1-4, se pronuncia por el estagirita que
la justicia es un justo medio, si por los menos el juez lo es. El juez mantiene
la balanza equilibrada entre las dos partes. Esto lo desarrollará en su obra magna "Política".
[1] G.S.Kirk y J.E. Raven, Los Filósofos Presocráticos, versión
española, Editorial Gredos, Madrid, 1969, pp.266-303. Edición original,
Cambridge University Press, England, 1966.
[2] Georg Wilhelm Friedrich
Hegel, Filosofía de la Historia,
Editorial Claridad, Buenos Aires, tercera edición, 2008, p. 224.
[3] Wikipedia, enciclopedia libre: http://es.wikipedia.org./wiki/Constituci%C3%B3n
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